Se trata de aquellas firmas que se encuentren inscriptas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos y que como actividad principal o secundaria configuren los Códigos 101011, 101012, 461032 y 463121 del «Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)».
Se trata entonces de empresas dedicadas a la matanza de ganado bovino (incluye búfalos); procesamiento de carne de ganado bovino; operaciones de intermediación de carne excepto consignatario directo (incluye matarifes abastecedores de carne); y venta al por mayor de carnes rojas y derivados (incluye abastecedores y distribuidores de carne).
Los sujetos alcanzados deberán, el último día hábil de la semana de cada mes calendario, informar a la Subsecretaría de Acciones para la Defensa del Consumidor la cantidad diaria de kilos de media res y cuero vacunos comercializados, su precio promedio diario de venta por unidad de medida y la categoría de origen de tales productos.
Los datos requeridos deberán presentarse a través de la Plataforma «Trámites a Distancia» (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
La Subsecretaría podrá publicar periódicamente en su página web y con acceso público, los precios de referencia de venta de media res y cuero vacuno.
Los incumplimientos de la presente resolución serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 274 de fecha 17 de abril de 2019.
La presente resolución entrará en vigencia mañana y por un período de noventa días corridos, el cual podrá ser prorrogado en caso de necesidad.
Fuente: Ámbito
FOTO NA: MARCELO CAPECE







