A través del Boletín Oficial, el Gobierno formalizó cambios de la Ley de Migraciones, mediante un decreto firmado por Mauricio Macri. El principal objetivo de la medida es el de acortar los tiempos para definir la expulsión de un extranjero con antecedentes penales. Según fuentes oficiales, hasta ahora los procesos duraban entre 6 y 7 años.
Su justificación relata: “La necesidad de trabajar incesantemente en el perfeccionamiento del orden normativo migratorio adquiere especial importancia frente a fenómenos actuales como la globalización, la internacionalización del turismo y el crecimiento del crimen organizado internacional”.
Además, argumenta que: “la población de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal se ha incrementado en los últimos años hasta alcanzar en 2016 el 21,35% de la población carcelaria total”, y que en los delitos “vinculados a la narcocriminalidad, un 33% de las personas bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal son extranjeros”.
Por estas y otras razones el Gobierno declara estar ante “una situación crítica que amerita a la adopción de medidas urgentes”.
La nueva norma (Art. 29) establece que no podrán ingresar las personas que presenten documentación falsa u omitan informar sobre sus antecedentes penales; los que cumplan condena o tengan antecedentes- tanto en Argentina como en el exterior- “por delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad” o “delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas”.
Tampoco se le permitirá la entrada al país a quienes hayan estado involucrados en actos terroristas, crímenes de guerra, de lesa humanidad o que promuevan la prostitución.
Un punto importante, es que las mismas causas podrán ser utilizadas para cancelar las residencias que se hubiesen otorgado “cualquiera fuese su antigüedad”. Es por eso que la Justicia ahora deberá notificar a Migraciones sobre “todo auto de procesamiento firme, cierre de la investigación preparatoria o acto procesal equiparable y de toda condena por delito penal dictada contra un extranjero en el plazo de 5 días hábiles de producido”.
Por otro lado, el decreto establece que los extranjeros que no tengan los medios económicos tendrán derecho a un abogado gratuito que los asista.
Fuente: Infobae







