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Por una decisión del Banco Central, será más fácil transferir dólares
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Por una decisión del Banco Central, será más fácil transferir dólares

Con el objetivo de facilitar las transferencias en dólares, el Banco Central (BRCA) comunicó este jueves su decisión de flexibilizar algunas normas referidas a esas operaciones, en el marco del...

Con el objetivo de facilitar las transferencias en dólares, el Banco Central (BRCA) comunicó este jueves su decisión de flexibilizar algunas normas referidas a esas operaciones, en el marco del blanqueo de capitales que se encuentra en desarrollo.

A través de su comunicación “A” 8088, el BCRA dispuso dejar sin efecto el punto 4.3 de las normas sobre “Sistema Nacional de Pagos – Transferencias» y el punto 6.4 de las normas sobre “Sistema nacional de Pagos – Transferencias – normas complementarias”.

El primero de esos puntos corresponde a la política de las entidades bancarias denominada “conozca a su cliente”, que menciona los “recaudos especiales a tomar de manera previa a la efectivización de una transferencia, a los fines de continuar con la política de minimizar el riesgo”. Uno de los fines principales de ese apartado era detectar posibles operaciones de lavado de dinero.

Refiere, en particular, a las operaciones realizadas con “cuentas de destino que no hayan sido previamente asociadas por el originante de la transferencia a través de cajeros automáticos, en sede de la entidad financiera o por cualquier otro mecanismo que ella considere pertinente; cuentas de destino que no registren una antigüedad mayor a 180 días desde su apertura; y cuentas que no hayan registrado depósitos o extracciones en los 180 días anteriores a la fecha en que sea ordenada la transferencia inmediata”.

El segundo punto antes citado, en tanto, establecía los “motivos válidos de rechazo por parte de la entidad receptora para operaciones en moneda extranjera”. Entre ellos se encontraban la “sospecha de que la transferencia esté asociada a un incumplimiento de la normativa sobre compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos”.

Se sostenía, en esa línea, que “el cliente ordenante debía ser informado sobre el motivo del rechazo”.

Fuente: Clarín

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