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Régimen penal juvenil: revocaron el sobreseimiento del joven de 14 años y apartaron del caso a la jueza Laura De Marinis
Judiciales

Revocaron sobreseimiento de joven de 14 años: apartaron a jueza De Marinis

Fuente: Infobae

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal de Buenos Aires revocó hoy, 25 de septiembre de 2026, el fallo de la jueza Laura Beatriz De Marinis que había declarado inconstitucional la Ley 27.801, sancionada el 5 de septiembre de 2026, que redujo de 16 a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal. El tribunal también dispuso el apartamiento de la magistrada y ordenó un nuevo sorteo para designar al juez que continuará investigando al adolescente M.I.A., de 14 años, acusado de tentativa de robo en Palermo.


Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca consideraron que De Marinis utilizó argumentos insuficientes para declarar inconstitucional una norma sancionada por el Congreso. El tribunal distinguió entre la edad a partir de la cual puede intervenir la Justicia penal juvenil y las medidas concretas que corresponde adoptar frente a cada adolescente. Mahiques, en su voto de mayoría, explicó que aunque el control de constitucionalidad es válido, los jueces deben demostrar una contradicción concreta entre la norma y disposiciones de jerarquía superior para dejarla sin efecto. La sentencia original de De Marinis, del 21 de septiembre de 2026, no logró explicar por qué los 14 años resultaban incompatibles con la Constitución o los tratados internacionales.


La Cámara también examinó los argumentos basados en las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. Aunque reconoció que ese organismo recomendaba mantener en 16 años la edad mínima, el tribunal señaló que la Observación General N° 24 admite 14 años como estándar mínimo aceptable. Los camaristas consideraron que estas recomendaciones poseen relevancia interpretativa, pero no impiden que el Congreso modifique el régimen anterior. También cuestionaron que De Marinis utilizara circunstancias particulares del adolescente —su vulnerabilidad social, que el robo quedó en tentativa y que la víctima no sufrió lesiones— para determinar la constitucionalidad de una regla general.


Respecto al apartamiento de De Marinis, Mahiques sostuvo que la magistrada ya había efectuado apreciaciones sobre el grado de ejecución del hecho, su relevancia penal y la afectación del bien jurídico. Como estos aspectos deberán ser examinados nuevamente durante la investigación, correspondía disponer su apartamiento para preservar la imparcialidad del procedimiento. Franza acompañó esta decisión y también hizo referencia a los derechos de la víctima, considerando que la intervención de De Marinis había obstaculizado el desarrollo del procedimiento.


El expediente comenzó el 10 de septiembre de 2026, cuando M.I.A. fue detenido tras un intento de robo a un hombre de 47 años en Palermo. El 21 de septiembre, De Marinis declaró inconstitucional la nueva ley y sobreseyó al adolescente. La Fiscalía apeló el 22 de septiembre, y hoy la Cámara revocó esa decisión. Con esta resolución, el sobreseimiento quedó sin efecto y la investigación podrá continuar bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil. Las actuaciones serán remitidas a la Oficina de Sorteos para designar al nuevo magistrado, quien deberá resolver las siguientes etapas bajo las disposiciones y garantías específicas de la legislación vigente.

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