El Ministerio de Justicia lanzó un nuevo programa para fortalecer el uso de pulseras y tobilleras electrónicas en casos de condenados a prisión domiciliaria y acusados con restricciones a la libertad ambulatoria. La iniciativa, formalizada mediante la Resolución 434/2026 firmada por el ministro Juan Bautista Mahiques, también alcanzará a adolescentes en conflicto con la ley penal tras la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil, que reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.
El "Programa de Asistencia Tecnológica para la Supervisión de Medidas Restrictivas de la Libertad Ambulatoria" se enfoca especialmente en casos de acusados que no han estado privados de libertad en establecimientos penitenciarios. Según fuentes oficiales, "los jueces vienen reclamando la necesidad de contar con pulseras sobre todo para casos que necesitan monitorear pero que no aplican para ir a un establecimiento penitenciario". La medida apunta a mejorar la asistencia de jueces y fiscales de todo el país en la implementación de tecnología de monitoreo electrónico, respondiendo a la expansión del modelo acusatorio en la mayoría de las provincias.
El programa funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal y se aplicará a personas con restricciones procesales (como prohibición de acercamiento o arresto domiciliario sin antecedentes carcelarios), quienes cumplen detención domiciliaria por condena, y adolescentes bajo medidas del Régimen Penal Juvenil. Según datos del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) correspondientes a 2024, de 12.643 personas en prisión domiciliaria, el 54,71% —es decir, 6.917 personas— estaban bajo vigilancia electrónica.
La empresa Surely SA será responsable del monitoreo efectivo, mientras el Ministerio de Justicia actuará como intermediario entre la empresa y el Poder Judicial, centralizando logística, financiamiento y capacitación judicial. Ante alertas de incumplimiento, la empresa proveedora notificará inmediatamente a la autoridad judicial correspondiente. El programa, coordinado ad honorem por el abogado Brian Ezequiel Gallo, centralizará información sobre dispositivos asignados, etapas procesales, delitos investigados y datos demográficos de las personas monitoreadas.
Desde una perspectiva económica y jurídica, el ministerio destaca que el costo de estos dispositivos electrónicos es "significativamente inferior" al de una prisión preventiva. La resolución cita el fallo "Nápoli" de la Corte Suprema de Justicia y tratados internacionales que limitan el encierro preventivo a casos estrictamente necesarios. Para las personas investigadas o condenadas, el régimen domiciliario permite conservar vínculos familiares, laborales y educativos, evitando los efectos negativos del primer ingreso al encierro—una consideración especialmente relevante para adolescentes que el sistema penal busca resocializar.

