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Política

La Cámara del Trabajo reactivó la reforma laboral tras levantar su suspensión

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió el 23 de abril que los 82 artículos de la reforma laboral vuelvan a tener plena vigencia en todo el país. La decisión se produjo al otorgar efecto suspensivo a la apelación presentada por el Estado Nacional contra la medida cautelar que había paralizado parcialmente la Ley de Modernización Laboral.


El fallo modifica el escenario legal que regía desde fines de marzo, cuando un juzgado de primera instancia había frenado parte de la normativa. Con esta resolución, la reforma recupera su operatividad inmediata sin necesidad de una intervención de la Corte Suprema en el per saltum solicitado por el Ejecutivo. El tribunal cambió el carácter del recurso de apelación, estableciendo que debe ser suspensivo, lo que implica que la medida cautelar deja de tener efectos legales mientras se revisa el fondo del caso.


La disputa judicial se originó tras una presentación de la CGT, que buscaba frenar aspectos centrales de la ley, incluyendo cambios en indemnizaciones por despido, nuevas modalidades de contratación, el banco de horas y modificaciones en contribuciones sindicales. La central obrera argumentó que estas reformas vulneran derechos protegidos por la Constitución Nacional.


En sus fundamentos, los jueces destacaron que la norma fue aprobada por el Congreso, otorgándole "máxima legitimidad democrática". Bajo ese criterio, consideraron que la ley no debe permanecer suspendida durante el proceso de apelación, salvo en situaciones excepcionales que, según señalaron, no se verifican en este caso.


El presidente Javier Milei celebró públicamente la decisión y la vinculó con las perspectivas económicas del Gobierno. El fallo representa un respaldo judicial clave para su agenda de reformas, mientras empresas y trabajadores deberán ajustarse nuevamente al marco normativo vigente hasta que haya una definición definitiva en las instancias superiores.

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