La Cámara Nacional Electoral aprobó la creación de una plataforma digital que permitirá a los ciudadanos recopilar firmas electrónicas en apoyo de proyectos de ley. El sistema será gratuito, estará bajo control del tribunal y funcionará de manera complementaria a las adhesiones manuscritas tradicionales para las iniciativas populares.
La resolución, conocida como acordada extraordinaria 173, fue firmada por el presidente Alberto Ricardo Dalla Via y los jueces Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas. La plataforma podrá ser utilizada por ciudadanos particulares, agrupaciones políticas y organizaciones de la sociedad civil. La Oficina de Coordinación General de Sistemas Informáticos Electorales será responsable de administrar, mantener y operar el servicio, realizando controles periódicos y estableciendo resguardos técnicos para garantizar la identificación de los firmantes y la protección de datos personales.
Este mecanismo digital no altera los requisitos fundamentales de las iniciativas populares establecidos en la Ley 24.747 de 1996. Los impulsores de proyectos deberán obtener firmas equivalentes a al menos el 1,5% del padrón electoral utilizado en la última elección de diputados nacionales, y los respaldos deberán provenir de un mínimo de seis distritos electorales. La plataforma tampoco modifica las exclusiones constitucionales: reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.
La decisión se basó en una experiencia piloto autorizada el 21 de mayo de 2026, donde se verificaron las condiciones técnicas para vincular de manera unívoca a cada firmante con el documento apoyado. El tribunal también consideró experiencias internacionales exitosas en países como Alemania, España, Estonia, Finlandia y Letonia con modalidades electrónicas para recopilar apoyos ciudadanos.
La validación de las adhesiones seguirá bajo control de la Justicia Electoral mediante el procedimiento de muestreo previsto por ley, con un plazo máximo de veinte días. Una vez verificados los requisitos, los proyectos ingresarán a la Cámara de Diputados de la Nación para su tratamiento parlamentario, manteniendo vigente la obligación constitucional de tratarlos dentro de los doce meses posteriores a su presentación.







